La suspensión de órdenes de captura para 29 integrantes del Clan del Golfo fue solicitada por el Gobierno de Gustavo Petro a la Fiscalía, según una resolución fechada el 29 de abril, con el fin de permitir su traslado a Zonas de Ubicación Temporal (ZUT) el 25 de junio de 2026.
La resolución y el alcance de la suspensión
La Oficina del Consejero Comisionado de Paz (OCCP) expidió la Resolución 120 del 29 de abril de 2026, en la que aceptó un listado de 29 personas "entregado por un representante autorizado" del grupo armado que se autodenomina Ejército Gaitanista de Colombia (EGC), conocido como Clan del Golfo.
De acuerdo con el documento citado por Blu Radio y otros reportes, la decisión se enmarca en resoluciones previas que autorizaron la instalación de un "espacio de conversación" con el EGC. El objetivo inmediato es facilitar su tránsito hacia las ZUT, bajo condiciones específicas definidas por el Gobierno.
La medida incluye la petición de suspender la ejecución de órdenes de captura y también cobija medidas con fines de extradición, de acuerdo con lo previsto en la Ley 418, según se lee en la resolución. El Gobierno ordenó comunicar la decisión a entidades y autoridades competentes, incluida la Fiscalía General de la Nación.
Traslado a Zonas de Ubicación Temporal: Tierralta y Chocó, con restricciones
El ingreso a las ZUT quedó programado para el 25 de junio de 2026. Los puntos mencionados para la reubicación incluyen Tierralta (Córdoba) y sectores del Chocó como Belén de Bajirá, además de referencias a Unguía en los espacios previstos para este proceso.
La resolución subraya que la suspensión es temporal y no implica "habilitación de circulación" por el país ni ausencia de controles. La movilidad queda limitada por localización, tiempo, finalidad y condiciones, y debe estar vinculada exclusivamente al proceso de paz y a la preparación del ingreso a las ZUT.
El documento autoriza movimientos para coordinación, pedagogía, consulta interna y preparación logística. Sin embargo, exige reportes previos y permanentes a la OCCP sobre personas, lugares de origen, rutas, destinos y fechas. También advierte que el incumplimiento de las condiciones puede llevar a revisar los efectos de la decisión.
Alias Chiquito Malo en el listado y el contexto reciente del proceso
Entre los 29 nombres figura Jobanis de Jesús Ávila Villadiego, alias "Chiquito Malo", señalado como jefe del Clan del Golfo. El listado también incluye a otros integrantes como Jesús Betancur, José Alberto Vega Alvarán, Arturo Efraín Viera Almanza, Ana Gisela Vásquez Jiménez y Juan Pablo Marín Quiceno, entre otros.
En el caso de "Chiquito Malo", el Departamento de Justicia de Estados Unidos ha descrito al Clan del Golfo como una organización con "alcance transnacional" cuya principal fuente de ingresos es el tráfico de cocaína, y lo señala por un rol de liderazgo al frente del grupo.
La resolución se conoce tras cambios recientes en el cronograma. Según lo reportado, el ingreso a las ZUT se había previsto inicialmente para el 1 de marzo, pero se aplazó tras evaluar condiciones de seguridad y avances del proceso, en medio de afectaciones por ola invernal y la muerte de José Gonzalo Sánchez Sánchez, conocido como "Gonzalito", durante un traslado. Además, se reportó una suspensión temporal de conversaciones sociojurídicas el 4 de febrero y, días después, una revocatoria previa de suspensión de órdenes de captura firmada el 9 de marzo de 2026 por Otty Patiño, al no iniciarse el traslado. Ahora, el siguiente paso verificable es el traslado programado para el 25 de junio, sujeto a las verificaciones e identificación de las personas incluidas en el listado.






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